Asegúrese de revisar su fecha de prioridad de acuerdo a su nacionalidad y preferencia familiar.
Todas las personas que fueron patrocinadas antes de las fechas indicadas en la parte inferior ya pueden solicitar la residencia permanente legal de Estados Unidos.
Preferencia familiar | Para todos los latinoamericanos, con la excepción de ciudadanos mexicanos | Ciudadanos Mexicanos |
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1a. Se clasifican los hijos de ciudadanos, solteros y mayores de 21 años |
22 de OCTUBRE de 2014 | 01 de ABRIL de 1998 |
2a A. Los cónyuges e hijos solteros y menores de 21 años de residentes permanente legales |
AL CORRIENTE | AL CORRIENTE |
2a B. Los hijos solteros y mayores de 21 años de residentes permanentes legales |
15 de AGOSTO de 2015 | 15 de AGOSTO de 1999 |
3a. Se clasifican los hijos casados de ciudadanos |
22 de AGOSTO de 2008 | 15 de OCTUBRE de 1996 |
4a. Los hermanos de ciudadanos sin importar su edad ni estado civil |
08 de NOVIEMBRE de 2006 | 08 de AGOSTO de 1998 |
Para poder informarle si usted ya es elegible a solicitar la residencia permanente legal de acuerdo a su fecha de prioridad comuníquese vía telefónica a nuestra oficina al (312) 546-9310 o abogada@rosalbapina.com